Respuesta a pregunta escrita de IUCyL- Equo convergencia por Castilla y León en las Cortes de Castilla y León para su contestación por parte de la Junta de Castilla y León.
1- ¿Por qué a los docentes de religión de la Escuela Pública se les puntúa como funcionarios interinos en distinto cuerpo y especialidad a la que se opta, con 0,125 puntos cada mes o fracción, en lugar de como otra experiencia docente reglada adquirida en la Comunidad, con 0,042 como venía haciéndose hasta ahora?
2- ¿Qué modificaciones va a realizar la Consejería de Educación para evitar que se sobre puntúe a docentes cuya entrada a trabajar en la escuela Pública no son los de igualdad, mérito y capacidad, que son los criterios por los que se tendría que regir cualquier selección de personal en el ámbito de lo público?