Noticias

IU-Equo insta al ejecutivo autonómico a “poner orden” en los procedimientos de reconocimiento de las acreditaciones profesionales en las cualificaciones de actividades de tiempo libre

El procurador de IU-Equo, José Sarrión, ha presentado una Proposición No de Ley con el objetivo de resolver el conflicto existente en el reconocimiento de acreditaciones profesionales en las cualificaciones de ‘Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil’, ‘Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil’ e ‘Información juvenil’.

El pasado 27 de febrero de 2017, el ejecutivo autonómico convocó el proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de dichas cualificaciones. “Un hecho que a primera vista puede parecer positivo, pero que esconde una situación de gran injusticia de cara a las personas que se pretende acreditar, puesto que ya tienen reconocido el derecho al certificado de profesionalidad por la legislación de Castilla y León”.

En este sentido, el procurador de IU-Equo recuerda que la ORDEN EYE/867/2013, de 22 de octubre, crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla y León y se establece el procedimiento de expedición e inscripción; regulándose así –tal y como establece la Disposición Transitoria Segunda-los correspondientes a la formación impartida por las escuelas de tiempo libre acreditadas por el Instituto de la Juventud de Castilla y León.

Es decir, aquellas personas con el Título de Monitor de Tiempo Libre y Coordinador de Tiempo Libre que hubieran realizado y superado el curso correspondiente en cualquiera de las Escuelas de Animación reconocidas por la Junta de Castilla y León antes de la fecha de publicación (24/10/2013) tendrían, previa Certificación del Director del Instituto de la Juventud, el derecho a obtener el Certificado de Profesionalidad correspondiente. Lo mismo ocurre con las personas en posesión del Título de Informador Juvenil, con la particularidad que en este caso la titulación deviene del propio Instituto de la Juventud (Escuela de Formación Juvenil) y no de una Escuela sujeta a reconocimiento previo.

Sarrión pone de manifiesto que la Comunidad cuenta con más de 50.000 personas que han realizado los cursos, de los cuales unas 2.500-3.000 han solicitado el certificado de profesionalidad, y pagado los 40,40 euros para su expedición.

“Hasta la fecha ninguno de los solicitantes ha recibido contestación a su solicitud, cuando la Administración está obligada legalmente a resolver el procedimiento pendiente y expedir el certificado de profesionalidad”

Por este motivo, ha solicitado que se dé contestación por escrito a todas las solicitudes, y que se expidan los certificados que han sido solicitados o se soliciten, de acuerdo a la Disposición Transitoria Segunda de la Orden EYE/867/2013.

“Sería injusto que quienes cumpliendo los requisitos para obtener un Certificado de Profesionalidad, por falta de resolución, tengan que presentarse a un procedimiento de acreditación de competencias; un procedimiento falto de agilidad y eficiencia”.

Asimismo, demanda el procedimiento iniciado con la ORDEN EMP/105/2017 se convoquen las plazas suficientes “para que en un solo proceso puedan acreditarse todas aquellas personas que cumplan los requisitos, sin necesidad de varias fases”.

El procurador de IU-Equo también hace hincapié en la “discriminación y desigualdad” de oportunidades de los Títulos de Monitor y Coordinador de Tiempo Libre e Informador Juvenil antes del 24 de octubre de 2013 que tienen derecho adquirido, pero no reconocido. “Pero ¿qué ocurre con aquellos que han obtenido estos títulos después de esa fecha?”, interroga Sarrión. Y demanda unificar los títulos de “Monitor”, “Coordinador de Tiempo Libre” e “Informador Juvenil” expedidos por las escuelas de Tiempo Libre y la Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León, con los certificados de profesionalidad vigentes; y que la “Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León” sea reconocida como Centro de Medios Propios de la Junta de Castilla y León.

Del mismo modo, en los Pliegos de Prescripciones y Condiciones Técnicas para los procedimientos de contratación de programas de la Consejería de Educación (madrugadores, comedores escolares…) o de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Programa Conciliamos, vacaciones escolares) se exige tener el título de monitor, coordinador o tiempo libre, pero no está contemplado ni reconocido el certificado de profesionalidad.

Publicaciones relacionadas