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IUCyL logra una sentencia que condena al Ayuntamiento de Salamanca por vulnerar la Ley de Memoria Histórica y proteger un símbolo franquista

El Juzgado nº2 de Salamanca de lo Contencioso-Administrativo ha fallado en favor de Izquierda Unida de Castilla y León, al considerar que el Ayuntamiento de Salamanca ha vulnerado la Ley de Memoria Histórica, al no tramitar la solicitud de IUCyL que pedía la retirada del medallón de Franco de la Plaza Mayor salamantina; y, con ello, ha protegido un símbolo franquista.

El Consistorio desestimó, por silencio administrativo, la solicitud formulada por IUCyL, por la que se pedía o la retirada del medallón de Franco de la Plaza Mayor de Salamanca o en su defecto, si consideraba el Ayuntamiento de Salamanca que dicho medallón podría estar amparado por el art 15.2 de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre, solicitase informe sobre dicho aspecto a la Comisión Territorial de Patrimonio de la Junta de Castilla y León.

“Una actuación llevada a cabo por constituir una directriz general del Partido Popular, de proteger los símbolos de exaltación de la dictadura” ha denunciado el Coordiandor de IUCyL, José Sarrión.

La sentencia manifiesta manifiesta textualmente que el Ayuntamiento de Salamanca “ha vulnerado el ordenamiento jurídico” al no cumplir con lo dispuesto en la Ley de Memoria Histórica, por lo que acuerda anular la resolución desestimatoria del Ayuntamiento.

Asimismo, condena al mismo a dar traslado de lo solicitado por Izquierda Unida, a la Comisión Territorial de Patrimonio de la Junta de Castilla y León en Salamanca, para que este organismo público emita informe que valore si dicho medallón cabría dentro de las excepciones del art 15.2 de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (“Ley de Memoria Histórica”).

IUCyL remitirá a la Comisión de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León en Salamanca los informes técnicos que aportó en el juicio.
Finalmente, el Ayuntamiento deberá pagar las costas del procedimiento. “Un hecho que podría haberse evitado; asa como el despilfarro de recursos municipales, inversión del tiempo de los funcionarios y costas procesales”, ha puntualizado Sarrión.

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